Aprobada Ordenanza de Bioseguridad para Prevenir el COVID-19 en Ambato
01:23 del lunes 14 de septiembre, el Concejo Municipal de Ambato, presidido por el alcalde Dr. Javier Altamirano SÃĄnchez, se aprobÃģ en segundo y definitivo debate, el Proyecto de Ordenanza Reformatoria a la Ordenanza que Regula las Medidas Administrativas Integrales de Bioseguridad para Prevenir el Contagio del COVID-19 en el cantÃģn Ambato. Esta norma entra en vigencia inmediatamente de su aprobaciÃģn, sin perjuicio de su publicaciÃģn en el Registro Oficial.
Se destacÃģ el trabajo realizado durante 15 dÃas para la Reforma de la Ordenanza, propuesta por el Alcalde de la ciudad. Entre las principales resoluciones estÃĄn la libre circulaciÃģn vehicular, desde las 05:00 hasta las 23:00. La prohibiciÃģn del consumo y venta de licor. Apertura de los gimnasios y cines, con restricciones de aforo. No se autoriza la apertura de bares, discotecas y centros de diversiÃģn. Permanece el uso obligatorio de la mascarilla, el distanciamiento social y el lavado de manos.
Resoluciones generales
Se mantiene la utilizaciÃģn obligatoria de mascarilla quirÚrgica o cubre boca de tela, que cubra al mismo tiempo nariz y boca, asà como portar la cÃĐdula de ciudadanÃa, licencia de conducir o papeleta de votaciÃģn o pasaporte de ser el caso. El desecho de mascarillas y elementos de protecciÃģn se harÃĄ en una funda, siguiendo medidas protocolarias de bioseguridad.
Se prohÃbe la venta, distribuciÃģn, suministro y consumo de bebidas alcohÃģlicas en el cantÃģn Ambato, en espacios pÚblicos o en establecimientos y eventos de concurrencia masiva, de acuerdo al horario determinado por el COE Cantonal mediante resoluciÃģn. Para los adolescentes infractores, el trÃĄmite de juzgamiento se sujetarÃĄ de acuerdo al ordenamiento jurÃdico vigente.
Las personas que padezcan adicciones al alcohol, debidamente comprobado, no serÃĄn objeto de la sanciÃģn pecuniaria prevista en la ordenanza, sin embargo serÃĄn objeto de sanciÃģn que se cumplirÃĄ con horas de servicio comunitario. AdemÃĄs serÃĄn direccionadas al tratamiento mÃĐdico respectivo.
Queda prohibida la organizaciÃģn y desarrollo de eventos sociales y espectÃĄculos pÚblicos de concentraciÃģn masiva, en los que no se pueda garantizar el aforo permitido y distanciamiento.
Queda autorizada la apertura de cines, teatros y auditorios con butacas numeradas, con el aforo permitido de acuerdo al color del semÃĄforo vigente. De verificarse graves incumplimientos, que pongan en peligro la seguridad y salud de los asistentes al espectÃĄculo pÚblico, se suspenderÃĄ la autorizaciÃģn y sancionarÃĄ a los organizadores o promotores.
Se ratifica la prohibiciÃģn de la apertura de bares, discotecas, centros de diversiÃģn y toda actividad econÃģmica, que no garantice las medidas de bioseguridad, distanciamiento social y el aforo permitido dentro de la jurisdicciÃģn del GAD Municipalidad de Ambato.
Se autoriza el funcionamiento de gimnasios crossfit y entrenamientos funcionales con aforo determinado por el COE Municipal, cumpliendo con las medidas de bioseguridad y distanciamiento social correspondiente. Se autoriza el entrenamiento fÃsico-tÃĐcnico de todas las disciplinas deportivas formativas, sin considerar enfrentamientos y competencias.
Resoluciones de trÃĄnsito y movilidad
Se prohÃbe temporalmente la circulaciÃģn de todo tipo de vehÃculos automotores particulares dentro de la circunscripciÃģn territorial del cantÃģn Ambato en el horario de 23:00 a 05:00 todos los dÃas. Excepcionalmente podrÃĄn circular en este horario los vehÃculos que cuenten con salvoconducto emitido por la DTTM y que por emergencia necesiten circular debidamente justificados dentro de los horarios de restricciÃģn.
En el transporte intracantonal urbano y parroquial, los pasajeros deberÃĄn ir solo sentados en sus respectivos puestos, con sujeciÃģn a la regla tÃĐcnica de bioseguridad. Se prohÃbe ingerir alimentos, beber, fumar o escupir dentro de las unidades de transporte. No se permitirÃĄ el ingreso de personas que realicen ventas ambulantes de cualquier tipo.
Se prohÃbe el ingreso al transporte pÚblico de las personas que presenten sÃntomas respiratorios, fatiga, secreciones nasales, fiebre de difÃcil control y malestar general.
Para el servicio de taxis se permite 4 ocupantes incluido el chofer. Camionetas cabina sencilla, 2 ocupantes incluido el chofer. Camionetas cabina doble, 4 ocupantes incluido el chofer. Furgonetas y busetas institucionales pasajeros solo sentados.
En las terminales terrestres del cantÃģn Ambato, se deberÃĄ respetar todas las medidas de bioseguridad seÃąaladas por la ordenanza y las dispuestas por el COE Municipal, Provincial y Nacional. Los propietarios de negocios son los responsables de cumplir de manera eficaz, tÃĐcnica y estricta las medidas de bioseguridad y cumplir con el porcentaje de aforo.
Circulan vehÃculos con cÃĐdula y credencial
MÃĐdicos, optÃģmetras, odontÃģlogos, veterinarios, paramÃĐdicos, enfermeras, licenciados en laboratorio, flebotomistas, tecnÃģlogos en laboratorio clÃnico, personal de apoyo, cuidadores de adultos mayores que demuestre su calidad de servidor en esta rama, con cÃĐdula de ciudadanÃa o identidad, y/o licencia de conducir.
Miembros de la PolicÃa Nacional, Fuerzas Armadas, ComisiÃģn de TrÃĄnsito del Ecuador, Agentes Civiles de TrÃĄnsito, Agentes de Control Municipal, Agentes de Control Penitenciario, Servicio Nacional de GestiÃģn de Riesgos y Emergencias, Servicio Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Sistema Integrado de Seguridad ECU 911, Cuerpo de Bomberos.
Personal de vigilancia y seguridad privada, y de transporte de especies monetarias y valores, con credencial del Ministerio de Gobierno o certificado de acreditaciÃģn en lÃnea, credencial emitida por la CompaÃąÃa de Vigilancia y Seguridad Privada, cÃĐdula de ciudadanÃa o identidad, carta del empleador, licencia de conducir y el uso de uniforme que demuestre su calidad de servidor.
Los comunicadores sociales acreditados, con credencial institucional o profesional, cÃĐdula de ciudadanÃa o identidad o licencia de conducir que demuestre su calidad de servidor en esta ÃĄrea.